Gestión y resultados
Transcrito por Yorcka Torres
Han transcurrido 18 meses desde que se dio inicio a una
nueva gestión en el Tribunal de Contrataciones del Estado (TCE). Durante este
tiempo, conjuntamente con la participación y compromiso de los vocales,
profesionales y personal técnico
integrante de este órgano resolutivo, hemos desplegado esfuerzos por mejorar
nuestros procesos de trabajo y ofrecer a
la ciudadanía un servicio con altos niveles de eficiencia y calidad.
Como bien señala el artículo 63 de la Ley de
Contrataciones del Estado, el TCE tiene entre sus principales funciones:

A partir de lo expuesto se puede afirmar que las
funciones otorgadas a este Tribunal Administrativo son de gran importancia para el interés público, por
cuanto actúa como jurisdicción administrativa en materia de contratación pública para la solución de controversias
generadas durante la tramitación de los procesos de selección ejerciendo el rol
de cautela de los recursos públicos en beneficio del ciudadano; y, además,
genera incentivos para promover prácticas saludables en el mercado de compras
públicas y previene los actos de corrupción o ilegalidad a través de las sanciones que aplica. Por ende, el
fortalecimiento y mejora de sus procesos se encuentra dentro de la agenda de
prioridades del OSCE.
Al respecto, como actividad inicial, nos propusimos
identificar el estado situacional del TCE. Los resultados de este diagnóstico indicaron la necesidad de
ejecutar en cada
I. ORGANIZACIONAL
■ Organización
y procesos de trabajo: reorganizar los procesos internos del TCE e implementar
mecanismos de supervisión y monitoreo de las funciones y actividades.
■ Instrumentos normativos
de gestión interna: a) contar con un reglamento que defina responsabilidades y
actividades en el marco de su competencia, y b) la Directiva N°
003-2012-OSCE/CD sobre lineamientos para el procedimiento de asignación de
expedientes debía considerar criterios de complejidad a efectos de garantizar
una asignación equitativa de expedientes. Asimismo, era necesario que la
Directiva N° 009/2010/OSCE/PE se adecue a los cambios normativos en materia de
contratación pública.
■ Gestión del archivo periférico: garantizar la
adecuada custodia de un aproximado de 8,000 expedientes (250 metros lineales)
correspondiente al periodo 2000-2012, que se encontraban bajo la
responsabilidad de la Secretaría del TCE.
■ Información sobre
cumplimiento de metas y productividad: diseñar e implementar informes o
instrumentos de gestión que reflejaran el cumplimiento de metas e indicadores
de productividad.
II. CARGA PROCEDIMENTAL
■ Gestión de carga procedimental:
atender 1,177 ingresados al TCE correspondiente al periodo 2000-2012 que se encontraban
pendientes de pase a Sala para la emisión de pronunciamientos; así como 346
expedientes suspendidos con archivo provisional.
■ Actividades
estratégicas para ejecutar: remitir a la Contraloría General de la República,
Ministerio Público, Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la
Protección de la Propiedad Intelectual y otras entidades públicas un aproximado
de 560 expedientes correspondientes al periodo 2005-2012.
III. INFRAESTRUCTURA Y LOGÍSTICA
■ Infraestructura y
equipamiento: organizar ambientes adecuados para el desarrollo del trabajo de
los profesionales del TCE y la custodia
temporal de expedientes.
■ Soporte tecnológico:
que las funcionalidades del sistema informático permitieran la gestión integral
de los expedientes, y que se superen las dificultades de accesibilidad a los usuarios,
entre otros aspectos. Como se puede apreciar, había que atender necesidades
inmediatas en cuanto a la gestión administrativa del TCE; sin que ello implique
dejar de garantizar la prestación de un servicio oportu oportuno a los administrados.
Por ende, para lograr cumplir con los objetivos propuestos, se ha impulsado un
proceso de cambio que parte por dejar atrás el modelo de organización y cultura
de trabajo tradicional de la administración pública y concentrar esfuerzos en
la implementación de un nuevo modelo gerencial que comprende los siguientes
fundamentos básicos: a) El ciudadano es el eje central de la acción pública; b)
El Estado es el medio para alcanzar fines sociales y colectivos; c) La
prioridad del Estado es la inversión social; d) La utilización eficiente del
gasto público; y e) La vocación de austeridad en la actuación administrativa a
través de la optimización de los recursos.
Asimismo, hemos aprovechado las ventajas de la reforma de la
normatividad de contratación pública a través de la Ley N° 29873 y el DS N° 138-2012-EF. Lo señalado
guarda concordancia con la Política Nacional de Modernización de la Gestión
Pública aprobada por DS N° 004-2013-PCM y el Plan Nacional de Lucha Contra la Corrupción
2012-2016 aprobado por DS N° 119-2012-PCM.
PILARES DE LA GESTIÓN DE CAMBIO EN EL TCE
Bajo este modelo de gerenciamiento público, la gestión de
cambio en el TCE se viene implementado a través de los siguientes pilares:
I. ORGANIZACIÓN Y PROCESOS
■ Reorganización de la
gestión de trabajo de la Secretaría del TCE, definiendo actividades de antes y
después de sala, así como de ejecución
de resoluciones y acuerdos. Lo señalado favorece la simplificación de procesos,
delimita responsabilidades y dinamiza el trámite de los expedientes.
■ Reorganización del archivo periférico del TCE.
Los expedientes han sido ordenados, clasificados y organizados. A la fecha se
han transferido 1351 expedientes correspondientes al periodo 2000-2010 al Archivo
Central del OSCE para su custodia y conservación. Esta acción permite tener un
adecuado control y custodia de los expedientes, lo cual favorece la atención
oportuna de información solicitada por los administrados y entidades públicas.
■ Priorización en la
atención de expedientes ingresados al TCE en el periodo 2000-2012, así como las
remisión a la Contraloría General de la República, Ministerio Público, Indecopi
y otras entidades, de expedientes correspondientes al periodo 2005-2012. Con
ello se resuelven las diversas controversias que inciden en la contratación e
impacta en la prevención y sanción de la corrupción.
■ Definición de
indicadores de productividad y metas para la tramitación y resolución de
expedientes. En todo modelo de gestión, permite que el TCE brinde un servicio
oportuno y de calidad.
■ Implementación de
procedimiento para el registro automático en el RNP de las sanciones de
inhabilitación dispuestas por el TCE, así como implementación de mejoras al
sistema XPORTAL5 del TCE. Dicha acción permite garantizar que las sanciones
dispuestas por el TCE en sus resoluciones se ejecuten en forma inmediata.
■ Estandarización de los
formatos de resoluciones y acuerdos, y de los decretos. Con ello se contribuye
a la transparencia y predictibilidad.
■ Elaboración del proyecto de reglamento del
TCE, directiva sobre gestión de archivo y ejecución de resoluciones y directiva
para fiscalización posterior. Su aprobación permitirá definir funciones, procedimientos
y responsabilidades en el TCE.
■ Contratación y
ejecución de consultoría para la elaboración e implementación de un sistema de
gestión de expedientes. Su implementación permitirá contar con un sistema
automatizado que agilice los procedimientos del TCE.
II. TRANSPARENCIA
■ Mediante Resolución N°
100-2013-OSCE/PRE del 15 de marzo de 2013 se aprobó la Directiva N°
002-2013/OSCE-CE respecto a lineamientos
para el procedimiento de asignación de expedientes en el TCE.
■ Mediante Resolución N°
283-2012-OSCE/PRE del 18 de setiembre de 2012 se aprobó la Directiva N°
008-2012/OSCE-CE respecto a disposiciones que regulan la emisión de decretos,
resoluciones y/o acuerdos del TCE y su notificación, así como la programación de audiencias y lectura
de expedientes. Dichas normas ofrecen a los administrados reglas claras en
cuanto a la asignación de los expedientes a cargo del TCE, así como respecto a
la emisión y notificación de decretos, acuerdos y resoluciones.
III. PREDICTIBILIDAD
■ Uniformidad de criterio
de las salas al momento de resolver los expedientes asignados. Durante el 2012
y 2013 se aprobaron Acuerdos de Sala Plena sobre los siguientes temas: a)
alcances del artículo 114 y 118 de la RLCE; b) procedimiento de resolución contractual
por incumplimiento
del contratista como condición necesaria para la aplicación
de sanción; c) aplicación de las disposiciones incorporadas por la Ley N° 29873
y DS 138-2012-EF; d) trámite de expedientes en sala pendientes de resolución; y
e) contabilización de plazos en los procedimientos de apelación y sanción. Lo
señalado ha permitido que las salas observen criterios uniformes durante la
tramitación y resolución de los casos a su cargo. Asimismo, ofrece seguridad jurídica
a los administrados y fortalece la imparcialidad en las actuaciones del TCE.
■ Adicionalmente a la
publicación de resoluciones y Acuerdos de Sala Plena, se viene gestionando, en
coordinación con otras dependencias del OSCE, la contratación de los servicios
de sistematización, digitalización y gestión documental (aún en proceso). Como
resultado de dichas contrataciones se ofrecerá una fuente jurisprudencial
trascendente que permite identificar cuáles son los criterios asumidos por el
TCE en cuanto a temas concretos.
IV. ESPECIALIDAD TÉCNICA
Con fecha 10.07.2013 se ha suscrito el Convenio
Interinstitucional entre el Ministerio de Salud y el OSCE, que tiene entre sus
objetos brindar apoyo técnico del CENAN de manera priorizada en el análisis y
de ser el caso en la absolución de consultas técnicas relacionadas con
alimentos y nutrición durante el desarrollo y después de los procesos de
selección. Asimismo, el 29.01.2013 se suscribió un convenio de cooperación con
Indecopi. Es una tarea pendiente la suscripción de convenios con otras
entidades especializadas. Lo señalado permite contar con el apoyo técnico
especializado de entidades públicas que regulan determinados temas que son
materia de evaluación en los procesos de contratación pública. ◆
Reflexiones finales
El TCE ha desplegado esfuerzos por atender oportunamente los
expedientes que han sido puestos a su conocimiento para el respectivo pronunciamiento. En tal
sentido, las cifras expuestas son el resultado de las mejoras implementadas,
así como por el impacto de la reforma en
la normatividad de contrataciones.
Finalmente, podemos concluir que los avances logrados a la
fecha por el TCE tienen un impacto importante en la contratación pública en
razón a lo siguiente:
■ En los recursos de
apelación se garantiza la correcta aplicación de la normativa cautelando que
las compras públicas se desarrollen con eficiencia y calidad.
■ La solución de
controversias en plazos razonables garantiza que las necesidades de los
ciudadanos puedan ser atendidas oportunamente por las entidades.
■ Se promueve el uso
adecuado de los fondos públicos a través de la contratación estatal.
■ Se institucionalizan,
entre otros, los principios de transparencia, libre competencia, igualdad y
equidad en la contratación pública.
■ Se restringe el acceso
al mercado de compras estatales a los proveedores ineficientes o que promueven
prácticas ilegales en perjuicio del Estado.
■ Se fomentan buenas
prácticas en la contratación estatal.
■ Representa un mecanismo
de lucha contra la corrupción.
■ Tiene un impacto
importante en la economía del país en razón a la magnitud del mercado de
compras públicas.
Impacto de la reforma normativa en la gestión del TCE
Las modificatorias incorporadas a la normatividad de
contrataciones del Estado a través de la Ley N° 29873 y DS N° 138-2012-EF han permitido
obtener los siguientes resultados:
■ En los procedimientos
de sanción se precisan plazos para las indagaciones previas, remisión del
expediente a sala y resolución. Esta modificatoria normativa ha permitido que
el tiempo transcurrido para la resolución de los expedientes de sanción se
reduzca de 380 a 144 días.
■ En los procedimientos
de apelación se precisan plazos para la tramitación de los recursos de
apelación. A partir de ello, el tiempo transcurrido para la resolución de los
expedientes de apelación se ha reducido de 55 a 46 días.
■ Antes de la
modificatoria, el TCE conocía los recursos de apelación cuyo valor referencia
era > 600 UIT. Con la modificatoria, conoce los recursos de procesos de
selección por LC, CP, ADP y AMC derivadas de tales procesos. Dicha disposición
otorga mayor seguridad administrado en razón a la imparcialidad que ofrece un
órgano distinto e independiente de la entidad que convoca el proceso de
selección.
■ Se aprovechan los beneficios
de la tecnología a través de notificaciones electrónicas ejecutadas mediante el
sistema informático XPORTAL5. Asimismo, las sanciones son efectivas en el
inmediato plazo (la comunicación al RNP es electrónica). ◆
Gestión de la carga procedimental
Las estrategias y medidas implementadas han impactado
positivamente sobre la carga procedimental en cuanto a la tramitación y
resolución oportuna de los expedientes, según podemos apreciar en los
siguientes datos:
■ Durante el 2012
ingresaron al TCE 2,148 expedientes, de los cuales, 1,648 (77%) correspondieron
a solicitudes de sanción y 500 (23%) a recursos de apelación. Hasta octubre del
presente, 2,082 (97%) expedientes fueron concluidos y 66 (3%) tenían la condición de suspendidos
(por medidas cautelares, inicio de procedimiento arbitral y otras causales).
■ Durante el 2012 se
emitieron 1,500 resoluciones, de las cuales 1,248 (83%) derivan de procedimientos
sancionadores y 252 (17%) de
procedimientos de apelación.
■ Hasta setiembre de
2013, el TCE recibió 2651 expedientes, de los cuales 1,929 (73%) corresponden a
solicitudes de sanción y 722 (27%) a recursos de apelación. En el mismo
periodo, 1,712 (64%) expedientes fueron concluidos, 923 (35%) estaban en
trámite y 6 (1%) tenían la condición de suspendidos.
■ Hasta setiembre del 2013, el TCE ha emitido
2,206 resoluciones, de las cuales, 1,698 (77%) derivan de procedimientos de
sanción y 508 (23%) de procedimientos de apelación.◆
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