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martes, 11 de febrero de 2014

UNA MIRADA SOBRE LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACCIÓN DEL OSCE

Hacia una reforma sustantiva y necesaria
Tomado de la Revista Jurídica
Transcrito por Yorcka Torres 
Desde una observación integral del mercado de compras públicas, resulta indispensable mencionar que dicho mercado se encuentra conformado por varios actores protagónicos que desde su enfoque y el desempeño de su rol contribuyen, de una u otra manera, al resultado, sea este exitoso o no, tomando en cuenta en dicho término criterios de eficiencia, eficacia, calidad y economía. Entre estos actores protagónicos no podemos dejar de mencionar a las entidades contratantes y sus titulares, los proveedores (personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras), los funcionarios públicos encargados de las funciones relacionadas con logística, presupuesto, tesorería, administración, afines y los que forman parte del área usuaria, además de los árbitros, procuradores públicos, asesores legales (internos y externos), auditores, etcétera.


 Así, tenemos que dentro de este espacio de retroalimentación comercial, jurídica y técnica contamos con 143,281 proveedores registrados en el Registro Nacional de Proveedores, de los cuales –durante 2012–, 41,262 proveedores han concretado una relación contractual con el Estado, constituyendo dicha cifra un evidente incremento en comparación con 2011, año en que solamente fueron 32,000 los proveedores que concretaron una relación contractual con el Estado.

 Un dato importante es que en 2011 el monto anual de contrataciones del Estado ascendió a 28,892
millones de nuevos soles y en 2012 se ha incrementado sustancialmente a 41, 628 millones de nuevos soles, lo que sin ninguna duda también ha obedecido a los excelentes indicadores macroeconómicos de nuestro país. Como se podrá apreciar, resulta muy importante tomar en cuenta estas cifras, relacionadas con un universo de 138,000 procesos adjudicados en el ejercicio presupuestal 2012, cifra que también se incrementó en comparación con 2011, que no superó los 110,000 procesos adjudicados.

 Adicionalmente, no podemos dejar de mencionar que todas estas cifras están acompañadas por una mayoritaria percepción de malas prácticas o corrupción en los procesos de contrataciones, así como por el desconocimiento o poca información sobre las reales competencias y responsabilidades de las instituciones que cautelan, de una u otra manera, el correcto uso de los recursos del Estado.

Régimen Jurídico

 Tomando en consideración los alcances y estadísticas mencionados, cualquier política institucional que se desarrolle a través de líneas estratégicas de acción no puede ignorar o excluir estos roles y menos aún la importancia y complejidad de su alcance. Por ello, resulta paradójico, por decir lo menos, que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (LOPE), no haya reconocido expresamente la existencia del Sistema de Contrataciones del Estado como un sistema administrativo, otorgándole la rectoría al Organismo de Supervisión de Contrataciones del Estado (OSCE).

 Al respecto, hemos participado de algunas discusiones jurídicas y técnicas en las que no se ha podido concluir con certeza si esta carencia normativa requiere ser subsanada o si el sistema de contrataciones del Estado no es en sí un sistema, sino que forma parte del sistema de abastecimientos, que sí se encuentra reconocido expresamente en la LOPE. Sin la pretensión de continuar con este tipo de discusiones, lo que no es el objetivo del presente artículo, propongo, y así lo hemos venido haciendo, que utilicemos el término de régimen jurídico de contrataciones del Estado.

 Ahora bien, sin perjuicio de la falta de una definición al respecto, sustancial pero no indispensable, el OSCE ha asumido últimamente el ejercicio de sus funciones primordiales, priorizando el diseño y la implementación de sus líneas estratégicas de acción a cuatro ejes principales: fortalecimiento del rol supervisor, desarrollo de capacidades, diseño e implementación de sistemas y tecnologías de información y, finalmente, fortalecimiento del proceso de desconcentración de funciones a escala nacional. Dichos ejes están directamente relacionados con los Principios de Transparencia y Rendición de Cuentas.

Optimización de procesos internos

  Como parte del tercer eje principal, tanto hacia dentro como hacia afuera, estamos diseñando, desarrollando e implementando tecnologías y sistemas de información y de gestión de procesos, con el objeto de optimizar nuestros procesos internos, pero también los procedimientos administrativos, que nos relacionan con los administrados. Es una etapa de evolución, de construcción de información y sistemas inteligentes de búsqueda y acceso de esa información, que en largo plazo dará excelentes resultados. Entre las líneas de acción que integran este eje estratégico, la puesta en funcionamiento de la versión 3.0 del SEACE es un gran logro que en el mediano plazo proporcionará mayor celeridad, transparencia y seguridad en las contrataciones del Estado, permitiendo inclusive las transacciones electrónicas en todos los tipos de procesos.

Actos Preparatortios

 Queremos aprovechar esta oportunidad para precisar que a pesar de que han existido más de 48 regímenes especiales, de los cuales están vigentes actualmente solo 25, el régimen jurídico de contrataciones del Estado, como régimen general, ha incrementado sus cifras, en tanto el número de procesos de selección clásicos llevados a cabo en 2012 se incrementó en 26.98%, y el monto total adjudicado se incrementó en 44.27%. Ello responde en parte a la percepción, respecto de la cual los procesos de selección clásicos regulados por el Régimen General de Contrataciones del Estado, aun cuando sean transparentes y públicos, son excesivamente lentos, formales e ineficientes. Más adelante les comentaré con mayor detalle que dicha percepción está contaminada con procesos y funciones que no están solamente involucrando al proceso de selección, sino sobre todo a los actos preparatorios, responsabilidad de las entidades.

 Otra precisión importante está relacionada con nuestro ámbito de competencia. Muchas veces he sido testigo de las confusiones e imprecisiones respecto a ello, generadas por la poca difusión informativa y por el alto grado de especialización técnica y jurídica del régimen de contrataciones del Estado y, por ende, del OSCE, como organismo supervisor de dicho régimen. Hemos escuchado y leído frases como "el OSCE otorgó la buena pro", "el SEACE validó la contratación", "el OSCE anuló las bases".

Selectiva y Aleatoria

 A propósito del primer eje principal, respecto del cual les queremos comentar, relacionado con el fortalecimiento de la función supervisora, es medular aclarar que el OSCE supervisa procesos de manera selectiva y aleatoria, no supervisa ni valida ni es instancia aprobatoria de todos los procesos que se llevan a cabo en un año por las entidades fiscalizadas. La supervisión es la función principal que se va desarrollando en diversos momentos dentro del proceso de selección y hasta la ejecución del contrato.

 En este esquema de supervisión, y por lo dispuesto expresamente por la ley y su reglamento, la responsabilidad primigenia, de primer nivel, básica e integral, está asignada al titular de cada entidad contratante. Hablamos de más de 2,890 entidades en los diferentes niveles de gobierno. Así, se fija expresamente que a nivel del titular de la entidad hay una responsabilidad de supervisión integral de los procesos de contrataciones que se llevan a cabo en su entidad; por ende, el titular es el responsable exclusivo de diseñar mecanismos y establecer estrategias de control interno y de fiscalización posterior que aseguren el cumplimiento de la normatividad, el establecimiento de buenas prácticas y la ejecución del gasto con calidad, en el marco del cumplimiento de los objetivos institucionales.

 El OSCE desarrolla una supervisión de segundo nivel, selectiva, aleatoria, acotada, que no representa una instancia posterior ni de menor jerarquía, sino que constituye una forma de intervención con el objeto de subsanar los procesos de selección y coadyuvar a una correcta ejecución del gasto público. En este marco de competencias, nuestras intervenciones proceden de mecanismos de monitoreo de oficio y los requerimientos que se generan a instancia de parte (denuncias y emisión de pronunciamientos). Es muy importante destacar que toda la supervisión de oficio y a instancia de parte se realiza basándose en la información que se registra en la plataforma electrónica, que es el SEACE, información que es de responsabilidad exclusiva de las entidades y sus funcionarios públicos, sobre la cual el OSCE desarrolla sus mecanismos y esquemas de intervención.

Rol Supervisor

 Para el ejercicio de la función supervisora y su fortalecimiento, además de modificaciones normativas aprobadas mediante la Ley Nº 29873, vigente desde el 20 de setiembre de 2012, se diseñó e implementó una nueva estrategia de supervisión que contiene filtros de legalidad y cumplimiento de formalidades, pero también caracteres cualitativos de identificación de factores de índole técnico, profundización de la revisión de documentos para definir direccionamientos técnicos o sobrevaloraciones, y acciones de seguimiento, con el objeto de verificar y cautelar el nivel de subsanación y corrección de los procesos.

 Adicionalmente, hemos desarrollado mecanismos y líneas de acción que fomentan la transparencia y la captura de información valiosa para nuestra labor supervisora. Así, hemos desarrollado conversatorios a escala nacional con el objeto de levantar información sobre las limitaciones y barreras, diseñado y aprobado el uso de un Formato de Resumen Ejecutivo en el que se consignará información sobre los actos preparatorios, y a partir de la puesta en funcionamiento del SEACE, que está siendo progresiva y paulatina, se contará con un módulo de actos preparatorios, que además de generar transparencia y publicidad a dichos actos (antes no estaban en la esfera de conocimiento público) nos permiten intervenir oportunamente en la supervisión y subsanación de desviaciones o irregularidades.

 Dentro de este eje principal no podemos dejar de mencionar la labor del Tribunal de Contrataciones, que interviene en el ejercicio de la función supervisora al resolver los recursos de apelación que se interponen contra el otorgamiento de la buena pro y que inclusive está facultado para otorgar la buena pro, corrigiendo y subsanando el proceso de selección. Por otro lado, el tribunal está facultado también a supervisar la conducta procesal de los proveedores, identificando las infracciones que podrían cometer como participantes, postores o contratistas, y aplicando sanciones administrativas de inhabilitación administrativa, temporal o definitiva.

 Tampoco podemos no mencionar el rol de cautela que se concentra en el ejercicio de las funciones de la Dirección de Arbitraje Administrativo, que no interviene en la decisión, composición y organización del mecanismo de solución de controversias durante la etapa de ejecución contractual, pero sí con una serie intervenciones de índole residual que están relacionadas con las designaciones de árbitros, a la recusación de árbitros, que es un mecanismo de control del deber de revelación, y de otros conflictos de intereses que puedan identificarse por las partes durante o en el momento de la instalación del arbitraje. También en cuanto a las instalaciones de los árbitros únicos o tribunales arbitrales y algunos otros temas administrativos orientados al tema arbitral, además de las sanciones éticas a árbitros y de las sanciones administrativas a los árbitros que son competencia del Tribunal de Contrataciones del Estado.

Oficinas zonales empoderadas

  No menos importante es nuestro cuarto eje estratégico, que mira hacia dentro del territorio nacional y está sustentado en nuestra intención de fortalecer las 20 oficinas zonales que tenemos, con el objetivo de que asuman funciones operativas y de línea, con lo que desconcentramos funciones principales y fortalecemos nuestras intervenciones a escala nacional, con una política de mayor acercamiento a la realidad de cada región, a su cultura y, sobre todo, a sus necesidades. Este plan ha comenzado con la reinauguración de la oficina zonal de Arequipa, y su implementación durará cuatro años, a cuyo término el OSCE podrá contar con oficinas zonales empoderadas, eficaces y oportunas que intervengan en las contrataciones de su jurisdicción, con el objeto de subsanar los procesos y/o corregir las desviaciones.

Fortalecimiento Normativo

 Es importante destacar que en el tema arbitral hemos desarrollado también un fortalecimiento normativo a nuestras funciones, a partir de las modificaciones de la Ley Nº29873, en la que existe la obligación de publicar los laudos para que tenga efectos jurídicos, con lo cual podemos sistematizar sus contenidos y encontrar respuestas y tendencias jurisprudenciales, así como publicar electrónicamente una serie de actos como las instalaciones, designaciones, entre otros, buscándose, por ello, fortalecer la naturaleza particular del arbitraje que resuelve controversias generadas dentro del régimen de contrataciones del Estado, y que comprometen el destino de los recursos públicos involucrados, que esencialmente exige publicidad y transparencia.

 En cuanto al segundo eje principal, consideramos que ningún cambio normativo o diseño de estrategias logra resultados, con efectos prolongados en el tiempo y en el espacio, sin que conjuntamente se desarrollen y fortalezcan acciones tendientes al desarrollo de capacidades de los recursos humanos, focalizado en los diferentes actores que se interrelacionan dentro del régimen de contrataciones del Estado. Así, el desarrollo de capacidades es una de las líneas de acción más importantes para el OSCE en la medida en que otorgan sostenibilidad profesional y especializada. A estos efectos, hemos diseñado una serie de herramientas que sirvan en corto, mediano y largo plazos para fortalecer las capacidades de los actores o integrantes del régimen de contrataciones del Estado. 

 En primer lugar, hemos reformulado los términos y condiciones para las acciones de capacitación (cursos de formación y difusión validados), en virtud de lo cual hemos concretado más de 20 alianzas estratégicas con instituciones académicas de primer nivel y de alcance nacional, tanto públicas como privadas. También desarrollamos programas de acompañamiento técnico y acciones de asistencia técnica, directamente dirigidos a las entidades contratantes. Finalmente, y desde un punto de vista normativo, desarrollamos una serie de herramientas para mejorar la eficiencia en las compras públicas y reducir los riesgos que puedan tener los funcionarios al preparar o llevar a cabo sus procesos, como las bases estándar, formatos, instructivos que mejoran y facilitan el desarrollo de un proceso de selección.

Capacidades

 Todas esas herramientas están orientadas, en una gran parte, a dotar de capacidades a los funcionarios que laboran en los órganos encargados de las contrataciones, quienes se encuentran inmersos en el Proceso de certificación de funcionarios logísticos, que está en su fase inicial, de levantamiento e identificación de información individual, con el objeto de que seguidamente pasemos a una segunda fase, en la que se trabajará con perfiles y mallas curriculares, así como con habilitaciones por rangos de complejidad y envergadura, según las habilidades y las capacidades.


 Dada la importancia y el rol económico, social y medioambiental que desempeñan las compras públicas en el Perú, se presentan una serie de retos para el futuro, que van de la mano con la integración de los sistemas administrativos del Estado, y con la eficiencia pública frente al ciudadano, así como con la reforma de la Ley de Contrataciones del Estado, en cumplimiento del mandato presidencial de julio de este año, que permitirá contar con un marco normativo que no solo atienda el mero cumplimiento de normas, requisitos y procedimientos rígidos, sino también que sea ágil, moderno y eficiente, y se enfoque hacia la gestión por resultados de manera que los fondos públicos se conviertan en bienes, servicios y obras para el ciudadano común, garantizando además la mejor relación precio-calidad, así como la promoción de otros objetivos primordiales del Gobierno, como la lucha contra la corrupción, a través del desarrollo de mecanismos de detección y búsqueda inteligente, de fiscalización posterior y sanción efectiva, el fomento de las compras verdes, y el desarrollo inclusivo de las mypes.

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